De viajes y sus impedimentos
Sin embargo, ahora, motivado por la íntima convicción de que todo es susceptible de mejora y acaso en un afán de democratizar los disgustos que provoca el asunto, el gobierno ha decidido publicar la resolución 87, que vuelve el trámite aún más difícil y desagradable para todas las partes implicadas. Quiero decir, ¿por qué sólo tienen que sufrir los de adentro? Habrán pensado que los extranjeros que inviten a nacionales y los cubanos emigrados también deberían enfrentarse a su dosis de burocracia y arbitrariedad revolucionaria: ¿qué puede ser más justo?
En fin, siempre podemos tratar de verle la parte buena al asunto y recordar que desde el primero de mayo se permite la entrada de reproductores de DVD y vídeo a la Isla —siempre y cuando uno vuelva a pagar el costo íntegro del equipo a la hora de cruzar la Aduana—, y que se comenta que existe una lista de unos 30 artículos que pronto serán liberalizados también. Luego, si bien cada vez les resultará más difícil conocer el mundo a los que siguen allá, al menos el gobierno se está asegurando, con la generosidad que lo caracteriza, de que puedan entretenerse con películas y series estadounidenses —por no mencionar las impresentables telenovelas latinoamericanas— que circulan en Cuba gracias a los ilegales "bancos de vídeo". Del lobo un pelo, dirán los compañeros funcionarios.
INFORMACIÓN SOBRE LOS PROCEDIMIENTOS PARA LA INVITACIÓN A PARTIR DEL PRÓXIMO 2 DE MAYO/ 07
Como parte de un reordenamiento interno, acorde a lo establecido en la Ley, a partir del 2 de mayo se aplicará para las Invitaciones a ciudadanos cubanos para viajes particulares al exterior lo siguiente:
1.- Acorde a lo establecido en el Decreto 26, de julio de 1978, “Reglamento de la Ley de Migración”, la Invitación sólo se realizará para los viajes particulares por motivos familiares y de amigos en el país de residencia del Invitante, mediante Documento Notarial, debidamente legalizado por las autoridades del país en que resida y presentado ante el consulado cubano con jurisdicción en el lugar de residencia del Invitante.
2.- Los Cónsules emitirán la Certificación de la Invitación para ser enviada al Invitado por los canales establecidos oficialmente, a fin de que pueda cumplimentar el requisito exigido por la Ley, de presentar a las autoridades migratorias cubanas dicha Certificación.
Los Cónsules están facultados para solicitar las comprobaciones con relación al parentesco o amistad entre el Invitante y el Invitado. Igualmente están facultados para rechazar la invitación si concurren elementos que así lo aconsejen.
El costo del Servicio Consular de la Invitación será el mismo establecido en el Arancel Consular vigente.
3.- Para aquellos casos en que la Embajada del país del Invitante requiera una copia original del Documento emitido por el Notario Público de su país, legalizada por el consulado cubano, como requisito para el proceso de visado del Invitado, el Invitante es el encargado de obtener una copia original del documento y legalizarla ante el consulado cubano, lo cual constituye un servicio consular aparte, sujeto al Arancel Consular correspondiente. Esta copia de la Invitación la hará llegar por sus propias vías al Invitado.
La Habana, a los 26 días del mes de abril del 2007, “Año 49 de la Revolución”.
9 Comments:
De mayo a mayo, llevas un año bloggeando...No vas a celebrar?!
La verdad, gracias por mencionarlo, porque a mí se me pasan siempre los aniversarios por alto. Y no, no creo que haga nada, no soy muy dado a las celebraciones, al menos no a las de aniversarios y cosas así. No sé, no me entusiasman. E igual una treintena de entradas en un año no son mucho que celebrar, creo.
yo habia escuchado sobre esto, pero el corre corre habitual no me habia dejado tiempo para sentarme a leer sobre esta nueva ley.
gracias a ti puedo saber... asi que aterrizo, y luego de nuevo a volar!!!!!
Bueno, de nada, siempre es agradable ser útil.
Yo espero que algun dia alguien se ocupe de escribir, sin exagerados apasionamientos politicos, sobre lo dificil que ha sido para las familias cubanas el tema de la migracion. Seriamente, con estadisticas y testimonios sobre la soledad, la tristeza y los duelos no resueltos que la politica migratoria del gobierno cubano ha propiciado durante mucho tiempo y sigue propiciando con nuevas leyes como esta. Yo creo que puedo afirmar con bastante aproximacion a la realidad que la desestructuracion de las familias cubanas como resultado de la migracion es un problema de salud publica del que no se habla publicamente en Cuba, como mismo durante mucho tiempo no se hablo de violencia domestica, drogas y prostitucion. Un gobierno que se vanagloria de poseer el sistema de salud mas maravilloso del mundo tambien se ocupa de hacerle la vida miserable a sus ciudadan@s haciendo mas dificil lo que de hecho ya es muy dificil: abandonar el pais donde naciste y dejar atras familia, amistades y todo lo demas a lo que uno suele llamar "su vida". La Ley de Ajuste Cubano podra ser "asesina" en algunas circunstancias, pero las leyes cubanas no lo son menos, con la diferencia de estas matan de una manera mucho mas lenta y dolorosa.
Estoy de acuerdo con el último "anónimo". Como si ya no fuera suficiente violación de los derechos humanos el hecho de que un ciudadano de su propio país tenga que pedir permiso para salir y entrar de él, ahora encima el procedimiento es más complejo, y le da poder a otra persona más, al cónsul, para que deniegue la invitación "si concurren elementos que así lo aconsejen", sin decir, por supuesto, cuáles pueden ser esos elementos.
A mí me ha atrapado este cambio en medio de la invitación a mis padres, para que puedan venir al nacimiento de primer hijo que será a finales de julio. Hice unas cartas de invitación ante notario español que ahora ya no valen para la parte cubana. Pero tienen turno en la embajada española el día 28 de mayo (que no pueden perder, pues los dan con 4 ó 5 meses de antelación) con lo que tampoco tienen tiempo de esperar por las gestiones del cónsul cubano. Así que tengo que hacerlas dobles, unas para la embajada española, y la otra, por el consulado cubano para los trámites de inmigración cubana.
Dice mi marido que con el dinero y el esfuerzo que nos cuesta que mis padres puedan venir al nacimiento de su nieta, podríamos irnos a parir a Namibia como la Jolie, con un avión preparado en la puerta, hacernos un safari y sobraba dinero, jejeje.
Uno no sabe si reír o llorar con esto. Es solo un ejemplo vulgar, terrenal y concreto de ese problema de "salud pública" que mencionaba el de arriba.
Saludos, Gabriel. Un abrazo.
Aparte de la situación actual en Cuba, en la que no voy a entrar, Observo que esos requisitos son más o menos los que pide la Unión europea para conceder el visado a los naturales de un país no oficialmente rico.
Si te interesa, te puedo enviar copia de una de esas escrituras. El último refinamiento es que el propio notario tiene que dar traslado de la escritura a la Policía para que la incluya en una base de datos de extranjeros invitados no vaya a ser que intenten quedarse.
Pues sí, me interesaría que me pasaras una copia. Algo leí en algún periódico, pero no le presté demasiada atención. Sin embargo, siempre es útil está al día. Supongo que el asunto vendrá a funcionar más o menos como sucede en Alemania, donde al parecer llevan un registro bastante eficiente de los extranjeros en el país y controlan con bastante seriedad el tema de las fechas de salida. Gracias.
saben algo de lo del cambio de 11 meses para entrar a cuba por el de 24 meses??????
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